PRESENTACION

Entidad Autárquica creada por Ley Nº 69, sancionada el 30 de Marzo de 1.959 y reglamentada por Decreto Nº 668 de fecha 27 de Julio de 1.959.-

Tiene a su cargo todo lo concerniente al Sistema Vial de la Provincia y a la celebración y aplicación de Convenios sobre Vialidad, con reparticiones de otras jurisdicciones quedando facultada para celebrar toda clase de contratos que se relacionen con su finalidad.-

A todos los efectos Técnicos - Administrativos, resultan de aplicación en la Dirección Provincial de Vialidad las siguientes normas legales:

- Ley de Obras Públicas Provincial Nº 0687.

- Decreto Nº 0108/72 reglamentario de la Ley de Obras Públicas.

- Pliego General Único de Bases y Condiciones para la Contratación de Obras Públicas.

- Leyes y Decretos Modificatorias y/o Ampliatorias Ley Nº 0687 y Decreto Nº 0108/72.

- Ley Nº 2141 de Administración Financiera y Control.

-
Ley Nº 1284 de Procedimiento Administrativo.

- Ley Nº 1305 – Código Procesal Administrativo.

A partir del 1º de Enero de 2.008, y con el objeto de regular las relaciones de trabajo, es de aplicación el Convenio Colectivo de Trabajo homologado por la Resolución Nº 092/07 de la Subsecretaría de Trabajo de la Provincia, con aplicación supletoria y por Orden de Prelación la Ley Nacional Nº 20.320 salvo los Capítulos Excluidos por Leyes Provinciales Nº 810 y 1070, y el E.P.C.A.P.P. y sus modificatorias.-


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